lunes, 5 de marzo de 2018

ARTICULO 13- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA


Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. 

CASO: Un teniente del Ejercito que, presuntamente violó a dos niñas en Tame (Arauca) y posiblemente fue el responsable de asesinato una de ellas y de sus dos hermanos, uno de los tatos casos de violencia sexual en medio del conflicto colombiano y casos como este son muchos en el país

Amnistía internacional publicó in informe en el que analizó el problema. Entre las conclusiones hay una fuerte crítica al Estado por la falta de resultados en las investigaciones. “No han abordado efectivamente la falta de justicia para las mujeres y niñas sobrevivientes de este crimen. Pese al compromiso del presidente Santos, no vemos mejoras en cuanto a llevar ante la justicia a los victimarios”, dice el informe.

Según el estudio, las estadísticas muestran cifras muy bajas frente a la realidad, ya que la gran mayoría de víctimas no denuncian por razones concretas: La impunidad, el miedo y la discriminación de género y cuando " la mujer reúne el coraje para denunciar, rara vez se investiga efectivamente"

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